Miércoles, 10 de marzo del 2010

Menú

Inicio
Rendición de Cuentas INP
Base Legal
Matrices de Proyectos INP
Guía para Inversionistas
Ley de Transparencia

Acceso



Visitas

mod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_countermod_vvisit_counter
mod_vvisit_counterHoy33
mod_vvisit_counterAyer261
mod_vvisit_counterEsta semana665
mod_vvisit_counterEste mes1897
mod_vvisit_counterTodas41101
En linea(20 minutos): 8
Su IP: 38.107.191.88
,
Hoy es: 2010-03-10 06:15
Garantías para el Inversionista PDF Imprimir E-mail

Según se desprende de la Ley de Promoción y Garantía de Inversiones, el inversionista tiene las garantías que se determinan a continuación:

 

Garantías Generales

 

El Estado Ecuatoriano velará para que la inversión nacional y extranjera se desarrolle con toda libertad y garantías establecidas en el marco jurídico del país.

 

Cualquier situación discriminatoria o anómala que atente contra las inversiones podrá ser denunciada ante el MICIP, el cual de manera directa o a través del COMEXI, deberá tomar acción inmediata ante el organismo competente para que se corrija la situación.

 

Los inversionistas extranjeros y nacionales deberán conservar, preservar y restituir completamente los daños causados al medio ambiente y los recursos naturales. El COMEXI, previo informe del Ministerio del Ambiente, podrá prohibir total o parcialmente la operación de una empresa que estuviere ocasionando daños al medio ambiente y depredación de los recursos naturales.

 

Garantías Específicas

 

Se establecen las siguientes garantías específicas para la inversión extranjera:

 

* Libre transferencia al exterior, en divisas, de las utilidades que haya generado la inversión.

* Libre remisión de recursos obtenidos por las ventas de acciones, participaciones o derechos adquiridos en razón de la inversión efectuada, previo pago de los impuestos correspondientes.

* Aprovechamiento de las ventajas derivadas de la aplicación del Programa de Liberación de la Comunidad Andina, así como de las preferencias arancelarias, otorgadas por terceros países al Ecuador.

* Libre acceso a los mecanismos de promoción, asistencia técnica, cooperación y similares en las mismas condiciones previstas para las empresas nacionales.

* Estabilidad tributaria.


 

Estabilidad Tributaria

 

Tanto los inversionistas nacionales como extranjeros, tienen derecho a beneficiarse de la estabilidad tributaria, entendida como el mantenimiento por un período determinado de la tarifa aplicable del impuesto a la renta, vigente al momento de efectuarse la inversión.

 

Para este propósito se considera con derecho a este tratamiento las inversiones registradas a partir de un monto equivalente a 500.000 dólares de los Estados Unidos, en las siguientes condiciones:

 

* Por un período de 10 años a los titulares de nuevas inversiones en empresas existentes, que no se considere ampliación o expansión de la producción.

* Por un período de 20 años a los titulares de nuevas inversiones destinadas al desarrollo de nuevos proyectos de inversión o a la ampliación de la producción.

 

La aplicación de la estabilidad tributaria será automática, mediante la presentación del documento de registro de la inversión en el Banco Central del Ecuador o de la realización efectiva de la inversión y del cumplimiento de las disposiciones legales.

 

Fuente: Ministerio de Industrias y Productividad

 
 

Encuesta

¿Cree usted que la infraestructura del Ecuador (vías, puentes, servicios básicos, edificaciones, telecomunicaciones, etc) está en capacidad de afrontar un desastre natural de grandes magnitudes, como los acaecidos en Haití y Chile?
 

Enlaces

Presidencia
Senplades
Plan Nacional
Sinapro
Sinagob
Inec
Ageci
Micse
Mmp
Meer
Mtop
Senagua